Una gran diferencia es que el IRP era temporal y el IRPF no lo es. La jubilación no es una renta. Estamos en democracia donde cada quien puede defenderse como mejor le parezca y si además la Constitución lo avala, significa que por algo los jueces votaron como lo hicieron.
Mi padre no recurrió a pesar de que paga más, no mucho, pero para él si lo es, pues es su único ingreso, jubilado por BPS con el máximo que claro no tiene mucho que ver con las fortunas que aportó durante sus 50 años de trabajo.
Ahí ya fue solidario, con lo que aportó y con lo que luego recibió.
Claro que cometió el pecado de poder comprarse una casa y un auto, que horror! y los mantiene con su jubilación pagando sus tributos, más la internación de mi madre en un residencial, más su propia enfermedad que le lleva plata en tickets pero además también come, no mucho, pero come.
Para él 200 pesos, es un montón de dinero, es su factura de ute, o su teléfono.
La ciudadana
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